Normativa
Ley 20.296 de Transporte Vertical
La ley 20.296 de transporte vertical publicada el 24 de Octubre del 2010 establece 3 grandes obligaciones para Propietarios y Representantes a cargo de los equipos:
1.- Celebrar un Contrato de Mantenimiento con una empresa Mantenedora inscrita en el registro del Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
2.- Certificar los equipos 1 vez cada 2 años para edificios de Vivienda y cada 1 año en el resto de Instalaciones.
3.- Presentar para la primera Certificación la Carpeta de Ascensores o Carpeta Cero.
Carpeta de Ascensores
Más abajo los documentos exigidos, deben ser 2 copias timbradas en la Dirección de Obras Municipal respectiva. Una copia queda en el expediente Municipal y la otra en el edificio.

Documentos que debe contener la Carpeta:
· PROCESO DE CERTIFICACIÓN
La ley 20296 le exige al Administrador o Propietario de los equipos de transporte vertical a:
- Celebrar un contrato de mantención con una empresa Mantenedora inscrita en el MINVU.
- Certificar los equipos con empresas Certificadoras inscritas en el MINVU (adjuntamos certificado).
- Presentar para la primera certificación la Carpeta de Ascensores.
· CERTIFICACIÓN
- Una vez aprobada la OTE (oferta técnico económica) se debe coordinar la primera visita de inspección la que acorde a NCh2840 debe ser en compañía de un técnico de la empresa mantenedora.
- Luego de la inspección y sus resultados se envía el Informe de inspección y Planilla de inspección.
- El administrador y su mantenedor deberán resolver los No Cumplimientos Graves descritos en la Planilla de inspección. Las observaciones Leves se deberán corregir a más tardar siguiente certificación.
- Una vez realizadas las correcciones se debe informar al Certificador para segunda visita de confirmación incluida en el servicio.
- En caso de no existir observaciones Graves luego de la segunda visita se solicitará al Administrador la siguiente información para generar certificados finales:
- Copia digital del Permiso de edificación del inmueble.
- Copia de la recepción final del inmueble.
- Copia del contrato de mantención.
- N° de RUT del administrador o empresa administradora.
- Registro de las últimas 12 mantenciones realizadas a los equipos.
El proceso finaliza con la entrega de los certificados vía correo y la instalación de logotipos en el edificio.
· CARPETA DE ASCENSORES
La carpeta de ascensores y los certificados se deberán entregar en la dirección de obras de su comuna en conjunto para cumplir con la ley. Cualquier empresa inscrita en el MINVU (Instaladora, Mantenedora y Certificadora) pueden confeccionar carpetas, también puede confeccionarla un profesional que acredite experiencia en elevadores.
CONTENIDO DE CARPETAS DECRETO
37 MINVU:
1. Decreto 47 OGUC artículo 5.1.5 numeral 13:
a) Plano general numeral 1 art. 5.9.5 OGUC. (puede obtener copia en la dirección de obras de su comuna)
b) Especificaciones técnicas de los equipos. (solicitar a Mantenedor)
2. Decreto 47 OGUC artículo 5.9.5 numeral 2:
a) Planos Mecánicos (solicitar a Mantenedor)
b) Planos instalación eléctrica y línea de seguridad. (solicitar a Mantenedor)
c) Plan de mantención anual. (solicitar a Mantenedor)
d) Manual de procedimientos e inspecciones. (solicitar a Mantenedor)
e) Manual de instrucciones de rescate. (solicitar a Mantenedor)
3. Decreto 47 OGUC artículo 5.9.5 numeral 4:
- Certificado de Conformidad emitido por empresa Certificadora. (Nosotros)
- Certificado MINVU Certificador. (Nosotros)
- Informe de faltas Leves del Certificador. (Nosotros)
- Copia Recepción definitiva. (puede obtener copia en la dirección de obras de su comuna)
- Copia Permiso edificación. (puede obtener copia en la dirección de obras de su comuna)
- Copia contrato mantenimiento. (solicitar a Mantenedor)
Para emitir certificados finales el Certificador le pedirá:
- Copia del Permiso de edificación.
- Copia de la Recepción final.
- Copia Contrato Mantenimiento.
- Copia de partes de mantención de los últimos 12 meses.
¿ Cuándo vence el plazo para Certificar?
Es muy sencillo conocer el plazo máximo para presentar ante la Dirección de Obras la Certificación y la Carpeta de Ascensores.
Para edificios con recepción final antes de marzo 2016 y con permiso de edificación antes de marzo del 2016 y recepción final posterior.
1.- Conocer la fecha de Recepción final del edificio. En caso de ser antes del año 2000 la primera certificación deberá ser el año 2018. Si la fecha es posterior al año 2000 la primera certificación deberá ser en el año 2017.
2.- Conocer el número de la dirección del acceso principal. Con la dirección se identifica el último dígito del número que siendo 0 (cero) equivale a Marzo hasta el 9 (nueve) que equivale a Diciembre.
Ejemplo: si el edificio tiene fecha de recepción final 25/10/1998 y la dirección del acceso principal es 2445, la primera certificación vencerá en Agosto 2018.
Para edificios con Permiso posterior a marzo 2016
1.- La certificación será 1 o 2 años posterior a la recepción final.

¿ Qué debo hacer para cotizar el servicio de Certificación?
Enviar a nuestro correo electrónico adarcangeli@ayscertificadores.cl la siguiente información:
1.- Nombre del Edificio.
2.- Dirección.
3.- Número de RUT de la Comunidad.
4.- Cantidad de Equipos instalados.
5.- En caso de Ascensores indicar además cantidad de pisos que atienden.